– Como legisladora.
Los relatores, los representantes especiales
y los grupos de trabajo son los encargados de esta tarea, algo delicada
en los planos político y humanitario e incluso peligrosa en algunas
ocasiones
– Como supervisora.
El consejo de derechos humanos tambien supervisa .
– Como centro de coordinación
Cada año, el Consejo de Derechos Humanos examina numerosas denuncias interpuestas por ONG o por particulares.
.
– Como defensora.
Cuando un relator o un grupo de trabajo informa sobre la sospecha de una
violación grave de los derechos humanos, como, por ejemplo, actos de
tortura o una ejecución extrajudicial, envía un llamamiento urgente al
Estado involucrado. En este llamamiento se le pide, por un lado, que dé
explicaciones sobre las acusaciones y, por otro, que se comprometa a
velar por el respeto de los derechos de la supuesta víctima.
– Como recolectora de información.
Los datos sobre cuestiones de derechos humanos obtenidos por la ONU
desempeñan un papel crucial en la evolución y en la aplicación del
derecho. Los estudios y los informes elaborados por el Alto Comisionado,
por petición de los órganos de las Naciones Unidas, facilitan el camino
a las nuevas políticas, prácticas e instituciones que apoyan el respeto
a aquellos.
– Como institución de apelación.
Según el primer Protocolo Facultativo del Pacto de Derechos Civiles y
Políticos, de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación Racial, de la Convención contra la Tortura y
del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de
todas las formas de discriminación contra la mujer, los particulares que
hayan agotado todos los recursos jurídicos de su país tienen derecho a
presentar denuncias contra los Estados, y se reconocerá asimismo la
validez del procedimiento de apelación.
– Como investigadora.
El Consejo de Derechos Humanos ha establecido una serie de mecanismos
para supervisar y detectar ciertas violaciones y formas de exacción en
determinados países.
– Como intercesora.
EL Secretario General y la Oficina del Alto Comisionado para los
Derechos Humanos están autorizados a comunicarles a los Estados
Miembros, a título confidencial, sus preocupaciones relacionadas con los
derechos humanos y pedirles, por ejemplo, que liberen prisioneros o que
conmuten penas de muerte.
EL Consejo de Derechos Humanos puede pedirle al Secretario General que
intervenga en una situación o que envíe a un experto para que la examine
con el fin de evitar violaciones de los derechos humanos.
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