jueves, 31 de octubre de 2019
PRESENTACIONES
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lunes, 28 de octubre de 2019
SOCIEDAD Y JUSTICIA. DERECHOS HUMANOS-TEMA 4º
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jueves, 24 de octubre de 2019
martes, 15 de octubre de 2019
DERECHOS HUMANOS
https://www.educaixa.com/-/similitudes-con-los-humanos
La importancia de la DUDH.
- ¿Cuántas personas contribuyeron a la DUDH?
- ¿Ha cambiado el mundo hacia el cumplimiento de la DUDH? ¿Algún ejemplo?
- ¿Son suficientes esos cambios?¿Deberíamos estar satisfechos con ellos?
- ¿En qué áreas todavía hay mucho trabajo por hacer?http://www.aulaplaneta.com/2015/12/07/recursos-tic/diez-recursos-para-reflexionar-sobre-los-derechos-humanos-en-el-aula/
Pagina con actividades sobre derechos humanos
jueves, 10 de octubre de 2019
DERECHOS HUMANOS-VIDEOS
1/ A veces se dice de alguien que tiene mucha personalidad, o, al contrario, que no tiene personalidad. A la luz de lo que has visto este tema ¿significa que no son personas? ¿Entonces que significa exactamente eso?
2/ ¿Que diferencia hay entre precio y valor? ¿Por que decimos de ciertas cosas que no tienen precio? Pon ejemplos de cosas sin precio.
3/ ¿Como definirías lo que es la dignidad? ¿Y que es el respeto? ¿Que significa respetar a otros?
domingo, 6 de octubre de 2019
miércoles, 2 de octubre de 2019
Trabajo de Rubén y Lucía
DERECHOS HUMANOS
DERECHO 5: Nadie será sometido a penas, torturas ni tratos crueles o inhumanos. Esto quiere decir que ningún ser humano merece ser torturado inhumanamente. Todos somos iguales ante la ley y tenemos los mismos derechos, por lo tanto tambien debemos respetar los derechos de los demás.
En Venezuela no se cumple con este derecho. Recientemente muchos estudiantes fueron torturados injustamente por estar en contra del gobierno y por luchar por su país. Y no solo los estudiantes, sino también hay presos políticos que han sido tratados de manera inhumana.
Sobre este derecho, estamos de acuerdo porque nadie merece ser torturado de ninguna manera, por desgracia esto sucede en muchas partes del mundo.
DERECHO 6: Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad juridica. Consiste en el reconocimiento formal de una persona como tal, por el mero hecho de existir, con independencia de su voluntad, circunstancias, condición social, etc., correspondiéndole por ello automaticamente los derechos y deberes que la sociedad define para todos sus miembros.
En la actualidad, la existencia de las denominadas personas "ilegales" o "sin papeles", o la situación de las mujeres en algunas sociedades, nos recuerda que este artículo en la Declaración dista mucho de verse respetado de forma global: todavia es un objetivo por conseguir de forma generalizada.
Pensamos que ninguna persona debe ser infravalorada por su raza, sexo, nacionalidad y/o forma de pensar.
DERECHO 30: Nada de esta carta podrá usarse para suprimir cualquiera de los derechos. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Un niño se balancea en el cañón de un tanque abandonado en Managua (Nicaragua), ajeno a estos 30 artículos y a la mayor o menor observancia de su cumplimiento por parte de la comunidad internacional. Han pasado 60 años desde la proclamación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Basta salir un momento a la calle para comprobar que sus postulados están más presentes en los difusos dominios de la teoría que en la crudeza de la práctica.
Ejercicio 2:
DERECHOS EN JAPÓN
Las violaciones de los derechos humanos reportadas a las 50 oficinas del Ministerio de Justicia a lo largo de Japón totalizaron un récord de 18.786 en 2003, 463 más que en 2002, según un documento oficial.
Las denuncias incluyen 1.760 casos de violaciones de derechos humanos cometidas por funcionarios y profesores, entre las que se cuentan 222 abusos cometidos contra prisioneros y detenidos, según las fuentes.
Los atropellos contra mujeres totalizaron 3.398 casos, mientras que los abusos contra niños fueron 529 casos.
En 2003 sólo dieron lugar a reclamaciones judiciales el caso de abusos contra minusválidos en la región de Kagoshima y el rechazo de un hotel en la zona sureña de Kumamoto a alojar a personas curadas de lepra, añadieron las mismas fuentes.
DERECHO 5: Nadie será sometido a penas, torturas ni tratos crueles o inhumanos. Esto quiere decir que ningún ser humano merece ser torturado inhumanamente. Todos somos iguales ante la ley y tenemos los mismos derechos, por lo tanto tambien debemos respetar los derechos de los demás.
En Venezuela no se cumple con este derecho. Recientemente muchos estudiantes fueron torturados injustamente por estar en contra del gobierno y por luchar por su país. Y no solo los estudiantes, sino también hay presos políticos que han sido tratados de manera inhumana.
Sobre este derecho, estamos de acuerdo porque nadie merece ser torturado de ninguna manera, por desgracia esto sucede en muchas partes del mundo.
DERECHO 6: Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad juridica. Consiste en el reconocimiento formal de una persona como tal, por el mero hecho de existir, con independencia de su voluntad, circunstancias, condición social, etc., correspondiéndole por ello automaticamente los derechos y deberes que la sociedad define para todos sus miembros.
En la actualidad, la existencia de las denominadas personas "ilegales" o "sin papeles", o la situación de las mujeres en algunas sociedades, nos recuerda que este artículo en la Declaración dista mucho de verse respetado de forma global: todavia es un objetivo por conseguir de forma generalizada.
Pensamos que ninguna persona debe ser infravalorada por su raza, sexo, nacionalidad y/o forma de pensar.
DERECHO 30: Nada de esta carta podrá usarse para suprimir cualquiera de los derechos. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Un niño se balancea en el cañón de un tanque abandonado en Managua (Nicaragua), ajeno a estos 30 artículos y a la mayor o menor observancia de su cumplimiento por parte de la comunidad internacional. Han pasado 60 años desde la proclamación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Basta salir un momento a la calle para comprobar que sus postulados están más presentes en los difusos dominios de la teoría que en la crudeza de la práctica.
Ejercicio 2:
DERECHOS EN JAPÓN
Las violaciones de los derechos humanos reportadas a las 50 oficinas del Ministerio de Justicia a lo largo de Japón totalizaron un récord de 18.786 en 2003, 463 más que en 2002, según un documento oficial.
Las denuncias incluyen 1.760 casos de violaciones de derechos humanos cometidas por funcionarios y profesores, entre las que se cuentan 222 abusos cometidos contra prisioneros y detenidos, según las fuentes.
Los atropellos contra mujeres totalizaron 3.398 casos, mientras que los abusos contra niños fueron 529 casos.
En 2003 sólo dieron lugar a reclamaciones judiciales el caso de abusos contra minusválidos en la región de Kagoshima y el rechazo de un hotel en la zona sureña de Kumamoto a alojar a personas curadas de lepra, añadieron las mismas fuentes.
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